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Gestación subrogada: cuando el deseo de tener un hijo pone precio al cuerpo de otra mujer

Qué implica gestar para otras personas, cómo influye el dinero y qué ocurre cuando aparecen desacuerdos sobre el embarazo o el cuidado del hijo.

En El cuento de la criada, Margaret Atwood imagina Gilead, una sociedad donde las mujeres fértiles son obligadas a tener hijos para familias poderosas. Sus proyectos, sus vínculos y sus deseos quedan subordinados a esa función. Lo que importa de ellas es que puedan embarazarse. Su cuerpo se vuelve un recurso que otros administran para obtener un hijo.

La historia inquieta por esa reducción de una persona a su capacidad reproductiva. La mujer que atraviesa el embarazo tiene una vida propia, pero el sistema la mira según lo que puede proporcionar a otros. El deseo de formar una familia sirve para justificar que alguien más decida sobre su cuerpo y sobre lo que ocurrirá después del nacimiento.

Gilead impone la maternidad mediante la violencia. La gestación subrogada puede surgir de un acuerdo voluntario. Esa diferencia es fundamental, aunque la novela permite abrir una pregunta sobre la práctica actual. ¿Qué ocurre cuando la necesidad económica de una mujer se convierte en una oportunidad de negocio, su cuerpo se valora solo por su capacidad de gestar y el hijo es tratado como algo que puede encargarse? 

El cuento de la criada (imagen de archivo)

Qué se acuerda antes de empezar

La gestación subrogada consiste en llevar un embarazo para otra persona o pareja, que espera criar al hijo después del nacimiento. Puede recurrirse a una familiar, una conocida o alguien contactado por intermediarios. Hay quienes buscan esta opción porque un embarazo sería peligroso o imposible, y quienes no tienen la posibilidad de gestar.

Hay dos modalidades. En la tradicional, la mujer que lleva el embarazo también aporta el óvulo y tiene un vínculo genético con el niño.  En la gestacional, recibe un embrión creado con un óvulo y un espermatozoide de otras personas, que pueden ser los futuros padres o donantes. El embrión se forma en un laboratorio y luego se transfiere a su útero. Ella atraviesa el embarazo y el parto, aunque el bebé no tenga su material genético.

También se distingue entre acuerdos comerciales, en los que la gestante recibe una remuneración, y altruistas, en los que no cobra por gestar, aunque pueden cubrirse gastos. La ausencia de una remuneración no elimina posibles presiones familiares ni los ingresos que pueden recibir clínicas e intermediarios. 

La libertad también depende de las alternativas

Quienes defienden la práctica apelan a la libertad de una mujer adulta para decidir. La Sociedad Estadounidense de Medicina Reproductiva la considera aceptable con información, atención médica, apoyo psicológico y asesoramiento legal independiente. También reconoce que pueden existir presiones económicas, afectivas o sociales. Desde esa postura, proteger la decisión requiere comprobar esas condiciones.

La filósofa Debra Satz sitúa su crítica en la desigualdad. Advierte que los contratos pueden dar a otras personas poder sobre la vida de una mujer y reforzar la idea de que su capacidad de gestar está disponible para satisfacer necesidades ajenas. Importa, entonces, saber si ella puede discutir las condiciones o rechazar la oferta sin poner en peligro su sustento. 

Carole Pateman cuestiona, en El contrato sexual, la idea de que firmar garantiza libertad. Un contrato también puede establecer quién manda y quién debe obedecer. Aplicada a la subrogación, su crítica obliga a mirar qué ocurre después del acuerdo y cuánto puede decidir la mujer cuando sus necesidades chocan con las de quienes contrataron.

En Córdoba, el Ministerio Público Fiscal (MPF), informó que la clínica Fecundart habría utilizado una base de datos de donantes de óvulos para buscar mujeres con necesidades económicas urgentes y ofrecerles dinero por gestar para otras personas. Según la acusación, también se las instruía para inventar una amistad con quienes querían ser padres y presentar los acuerdos como solidarios. 

En mayo de 2026 fueron procesados el dueño, una administrativa y un abogado por presunta trata con fines de explotación reproductiva. Según el MPF, el abogado también indicó a una mujer que cambiara su foto de perfil y se quitara las uñas postizas para dar una mejor impresión del “producto” que ofrecía. 

La socióloga Amrita Pande encontró otra tensión al estudiar una clínica y alojamientos para gestantes en India. En su trabajo de 2010, las mujeres debían cuidar el embarazo con dedicación maternal y comportarse como trabajadoras que entregarían al bebé al finalizar. La apelación a su generosidad podía desalentar que negociaran el pago. También registró resistencias de las mujeres frente a esas exigencias.

La crítica a la mercantilización apunta a ese cambio en la relación. Una experiencia corporal y una separación futura empiezan a organizarse según condiciones de contratación. Respetar a una mujer exige escuchar sus decisiones y examinar el entorno en que las toma. La falta de ingresos y de alternativas no debería convertirse en una oportunidad de negocio.

Qué empieza a tratarse como mercancía

Reem Alsalem, relatora especial de Naciones Unidas sobre violencia contra las mujeres, sostiene en su informe de 2025 que la necesidad económica y las ganancias de intermediarios pueden favorecer la explotación. También cuestiona que el pago permita intervenir sobre la vida de la gestante y comprometer de antemano la separación del niño. Por esas razones propone abolir la subrogación. 

La semejanza que plantea con la prostitución está en el acceso al cuerpo de una mujer mediante dinero y en la desigualdad entre las partes. Propone sancionar a quienes encargan y organizan la práctica, sin criminalizar a las gestantes, y ofrecerles apoyo para salir. 

Para la filósofa Elizabeth Anderson, el problema va más allá del precio. Los padres deben decidir cómo cuidar a un hijo según sus necesidades. Un contrato comercial, sostiene, corre el riesgo de resolver quién se queda con él según lo que pactaron y pagaron los adultos. Ahí sitúa la mercantilización del niño, aunque la ley no llame compraventa al acuerdo.

Mercantilización del embarazo (imagen generada con IA)

El riesgo queda en el cuerpo de la mujer

Un estudio canadiense de María P. Vélez y su equipo permite poner cifras a los riesgos. Analizó más de 863.000 partos de embarazos únicos, después de las veinte semanas, en Ontario entre 2012 y 2021. Separó tres grupos, mujeres que concibieron sin asistencia, mujeres que usaron fecundación in vitro para un embarazo propio y mujeres que gestaron para otras personas.

Entre las 806 gestantes por sustitución, el 7,8% presentó complicaciones maternas graves durante el embarazo o el período cercano al parto. Aproximadamente, fueron ocho de cada cien. En los embarazos propios mediante fecundación in vitro fueron cuatro de cada cien, y en los concebidos sin asistencia, dos. 

El estudio también registró más problemas de presión arterial, hemorragias después del parto y nacimientos antes de las 37 semanas. Son riesgos que requieren atención durante el embarazo y la recuperación. 

La recuperación merece una pregunta propia. En el caso Fecundart, el Ministerio Público Fiscal informó que un abogado habría ofrecido a una mujer como gestante apenas 45 días después de que hubiera dado a luz mediante otro acuerdo. La acusación muestra por qué importa controlar quién decide cuándo un cuerpo vuelve a estar disponible.

Los cuidados no deberían terminar cuando nace el bebé. Si la mujer tiene complicaciones después del parto, necesita seguir recibiendo atención médica. Si la recuperación le impide trabajar, debe estar previsto cómo cubrirá sus gastos durante ese tiempo. También necesita saber dónde reclamar si lo acordado no se cumple. El dinero que recibió por gestar no garantiza que esas necesidades estén cubiertas ni que alguien se haga cargo de las consecuencias para su salud. El pago por gestar no asegura esos cuidados. La salud de la mujer debe importar aunque el bebé ya haya nacido o exista un conflicto entre las partes. 

Cuando la realidad cambia lo acordado

McKenna West, una enfermera de Alaska, acordó gestar para Nausheen Gilkar y Omar Ahmed, una pareja de California. Gilkar explicó en una audiencia que había pasado por ocho intentos de fecundación in vitro y una operación para extirparle el útero. 

Durante el embarazo, una ecografía detectó una malformación cardíaca grave en el feto. El niño necesitaría varias cirugías. La pareja pidió interrumpir el embarazo. Según la presentación judicial de West, el contrato contemplaba esa posibilidad ante anomalías fetales. Ella rechazó el pedido, continuó la gestación y dio a luz en Dallas el 12 de agosto de 2026. Después reclamó participar en las decisiones médicas del bebé porque desconfiaba de los cuidados que autorizaría la pareja.

Los padres sostuvieron que estaban comprometidos con la atención. The Texas Tribune informó que el médico había declarado que aceptaron los tratamientos recomendados. Los tribunales los reconocieron como padres y, el 22 de septiembre, la jueza Elena Kagan, de la Corte Suprema estadounidense, rechazó la solicitud urgente de West para suspender ese reconocimiento. Decidir continuar el embarazo no le garantizó autoridad sobre el niño después de nacer. 

En Argentina, quienes buscan ser padres no pueden imponer un aborto ni vetar una interrupción permitida por la ley. La decisión requiere el consentimiento de la persona embarazada. La gestante también conserva sus derechos para aceptar o rechazar tratamientos. El acuerdo inicial no entrega a otros el control de sus decisiones médicas.

El caso permite ver el límite de tratar la gestación como un resultado que puede pactarse por adelantado. Un diagnóstico inesperado enfrenta valores y decisiones de personas distintas. El dinero invertido y la firma previa no eliminan ese conflicto.

El hijo tiene derechos que los adultos no pueden negociar

En Argentina, la regla para la reproducción asistida reconoce como madre legal a quien dio a luz, aunque no aportara el óvulo, y como otro progenitor a quien prestó el consentimiento correspondiente. En 2024, la Corte Suprema rechazó el pedido de dos varones de que ambos figuraran como padres y se excluyera a la gestante, aunque los tres estuvieran de acuerdo. El pacto no bastó para modificar la filiación. 

Si hubo donación de óvulos o espermatozoides en Argentina, debe conservarse información sobre ese origen. El hijo puede acceder a datos médicos relevantes para la salud y conocer la identidad del donante por razones fundadas evaluadas judicialmente. Conocer esa historia no convierte al donante en padre o madre legal ni vuelve irrelevantes a quienes gestaron o crían.

El hijo no participa del acuerdo, pero tendrá que vivir con sus consecuencias. Sus derechos no pueden depender de lo que los adultos prometieron entre sí.

El deseo de formar una familia también tiene límites

Immanuel Kant formuló un principio ético útil para esta discusión. Las personas deben ser respetadas por sí mismas y nunca utilizadas solamente como medios para alcanzar un objetivo. Aplicarlo aquí exige preguntar si la gestante conserva su autonomía y si el hijo es reconocido como alguien con derechos propios, además del proyecto que los adultos tienen para él.

Formar una familia puede ser un deseo profundo y doloroso cuando no se logra. Acompañarlo exige límites. Una sociedad que reconoce la necesidad de quienes quieren ser padres también debe reconocer la de quienes aceptan gestar porque no encuentran otras oportunidades. La pobreza necesita respuestas que amplíen esas oportunidades, no mercados que obtengan ventajas de ella.

La conciencia social empieza por mirar quién pone el cuerpo, quién obtiene ganancias y quién deberá vivir con las consecuencias. La mujer merece protección durante toda su experiencia. El hijo merece cuidado y libertad para conocer su historia. Ninguna de esas vidas debería quedar reducida al cumplimiento de un encargo.

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